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¿Cuándo la información que contiene tu Blog o tu página Web debe cumplir la obligación de Depósito Legal? [España]
Written by Digital Media Rights   
Tuesday, 18 October 2011 22:45

La Ley 23/2011, de 29 de julio [España], de depósito legal en su artículo 8, menciona lo siguiente:

Artículo 8. Sujetos obligados a constituir el depósito legal en el caso de documentos electrónicos y sitios web.

1. La responsabilidad del depósito legal de los documentos electrónicos a los que se refiere el artículo 4 de la presente ley recaerá en su editor o productor.

2. Se habilita a los centros de conservación, tanto de titularidad estatal como autonómica, a detectar y reproducir documentos electrónicos que hayan sido objeto de comunicación pública y los sitios web libremente accesibles a través de redes de comunicaciones que puedan resultar de interés para los fines del depósito legal, respetando en todo caso la legislación sobre protección de datos y propiedad intelectual.

Se exonera a los editores de sitios web a los que se refiere el artículo 4 de la presente ley del deber de depósito legal.

¿Cuándo queda exonerado un Blog o página Web a solicitar un depósito legal?

Artículo 4. Publicaciones objeto de depósito legal.

ñ) sitios web fijables o registrables cuyo contenido pueda variar en el tiempo y sea susceptible de ser copiado en un momento dado.

 

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