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Digital Media Rights

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Digital Media Rights es un registro privado de derechos de autor especializado en la protección del copyright en Internet y otros soportes digitales.

Tras decenas de años de enfrentamientos legales entre la Warner Bros Entertainment y los herederos de Jerome Siegel, -co-creador de Superman junto con Joseph Schuster-, por la titularidad sobre los derechos de explotación del personaje, el 10 de enero de 2012, el Tribunal de Apelaciones del 9º circuito de California declaró a Warner Bros. titular de los derechos del popular personaje de DC Comics.

Por su interés general este post lo hemos incluido dentro de nuestro blog corporativo como parte de una respuesta a una pregunta formulada por unos de nuestros clientes.

Pregunta: ¿Las imágenes que puedo encontrar en buscadores como Google, Yahoo o Flirk son de dominio público? ¿Puedo usarlas en mi blog si menciono la fuente original?

Propiedad Intelectual MéxicoConsulte de forma íntegra la legislación vigente sobre materia de Propiedad Intelectual en México.

Martes, 15 Enero 2013 11:13

Validez legal e internacional

Digital Media RightsUn aspecto vital en la generación de nuestros certificados de copyright es la legalidad universal de los servicios y productos que prestamos.

Son 164 países aquellos con los cuales trabajamos y a los que nuestros clientes pertenecen, todos ellos firmantes del Convenio de Berna para la protección de obras literarias y artísticas, cuya última modificación data de septiembre de 1979. El Convenio de Berna se encuentra auspiciado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y registrado en la Secretaría de las Naciones Unidas.

La Convención de Berna se apoya en tres principios básicos:

  1. Las obras literarias y artísticas de autores de los países de la Unión, o publicadas por primera vez en uno de dichos países, podrán recibir en cada uno de los demás estados contratantes la misma protección que estos otorgan a las obras de sus propios ciudadanos.
  2. Esa protección no debe estar condicionada al cumplimiento de formalidad alguna.
  3. Esa protección es independiente de la existencia de una protección correspondiente en el país de origen de la obra. Sin embargo, si un estado contratante provee un plazo más largo que el mínimo prescrito por la convención, y la obra deja de estar protegida en el país de origen, la protección le puede ser negada una vez que cese la protección en el país de origen.

En este entorno de cumplimiento de los 38 artículos del Convenio, todos los estados signatarios aceptan que:

  • La protección de los derechos de autor se extiende por igual en todos los estados firmantes con independencia del país de residencia o nacionalidad del autor.
  • La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.
  • Se elimina la obligatoriedad del registro de la obra en los registros oficiales de propiedad intelectual para que todos los derechos sean reconocidos al autor.
  • La protección concedida por el Convenio se extenderá durante la vida del autor y cincuenta años después de su muerte.
  • Se presumirá autor, salvo prueba en contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo identifique.

De esta forma en el caso de que el autor detecte un plagio o uso no autorizado de su obra por parte de un tercero y desee ejercer sus derechos, morales o patrimoniales, no necesita demostrar que esta se encuentra registrada, necesita demostrar su autoría con anterioridad a la fecha de creación del plagio.

No podemos olvidar hacer mención al modelo de licenciamiento de obras Creative Commons, mediante el cual el autor renuncia voluntariamente y de forma pública a parte de sus derechos con el fin promocionar la divulgación de su obra. Nuestro sistema registra y certifica de igual forma obras con Todos los Derechos Reservados u obras Creative Commons. Una obra Creative Commons sigue estando protegida siempre por los derechos de Propiedad Intelectual puesto que por ejemplo el autor nunca renuncia al derecho de reconocimiento.

Digital Media Rights genera certificados de autoría o copyright para todo tipo de obras digitales con independencia de su soporte; Web, PDF, Power Point, Word, etc. Los certificados de copyright están firmados digitalmente e incluyen un sello de tiempo electrónico inviolable.

Digital Media Rights actúa como notario o testigo independiente de la publicación digital de la obra, es un tercero de buena fe que a través de la generación de un certificado de copyright aporta una prueba legalmente reconocida que el autor puede utilizar en cualquier contencioso con el fin ejercitar sus derechos.

No dude en contactar con Digital Media Rights para ampliar cualquier información específica.

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